Política de Regulación de Horas de Conducción y Descanso
El descanso es una condición pertinente que garantiza el funcionamiento óptimo psicofísico del trabajador y el desempeño pleno en realizar las actividades de la vida cotidiana. Por lo tanto, ENTERPRISE MANAGEMENT SERVICES S.A.S – EMS SAS, con el fin de prevenir la ocurrencia de siniestros viales que afecten la seguridad y salud de nuestros trabajadores, independiente de su vinculación laboral, y el de la comunidad por causa de fatiga laboral, establecemos las siguientes directrices:
Todo conductor debe estar en óptimas condiciones de salud tanto físico como mental para realizar las labores encomendadas en las jornadas de trabajo habituales y debe brindar todas sus capacidades generando un ambiente de seguridad y comodidad en su labor.
Todo trabajador o contratista, se obliga a reportar previamente cualquier condición física, mental o de salud que le impida ejercer su función de conducción de manera segura.
Se permite a los trabajadores consumir bebida para hidratarse. No se deben consumir bebidas energizantes ni alcohólicas ni sustancias psicoactivas.
Los responsables de la operación de vehículos en EMS S.A.S., deben tener control sobre los períodos de descanso del personal a cargo, con el fin de asegurar la protección de ellos y de la comunidad.
Nota: para una conducción continua (sin descansar), se debe frenar cada 4 horas con un descanso de 15 minutos para realizar pausas activas.
EMS SAS cuenta con mecanismos que garantizan el descanso oportuno del trabajador y las condiciones psicofísicas antes de iniciar la conducción.
La gerencia destinará los recursos financieros, humanos y técnicos necesarios para dar cumplimiento a esta directriz.